La normativa relativa a las calderas que se pueden instalar ha cambiado sustancialmente y puede darse el caso que la caldera elegida para una nueva instalación o para substituir una existente, aunque sea más económica, no cumpla los requisitos de la nueva normativa.

Por este motivo, debe tenerse presente:

En el caso de un edificio de nueva construcción:

En el caso de substitución de calderas existentes:


EN NINÚN CASO SE DEBEN INSTALAR CALDERAS ATMOSFÉRICAS
, ya que están totalmente prohibidas por la legislación vigente.

Exige al instalador que te instale calderas que cumplan la normativa vigente de seguridad, consumo y ecología. LA OPCIÓN MÁS EFICIENTE Y ECOLÓGICA SON LAS CALDERAS DE CONDENSACIÓN.

Recuerda: de acuerdo con la normativa, también es responsable de la instalación el mismo usuario, tal como establece el artículo 3 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.

Aquí puedes consultar el comunicado emitido por la Dirección General de Energías, Minas y Seguridad Industrial del Departament d’Empresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya: Comunicado

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